De acuerdo con el artículo 6º de los Estatutos de la Mancomunidad, el objeto o fin de la Mancomunidad es:
a)Planificación y desarrollo de servicios y programas de actuación encaminados a alcanzar un Desarrollo Local Sostenible: Social, Económico y Medio Ambiental.
b)Gestión de residuos urbanos (recogida, transporte, tratamiento, eliminación), recogida selectiva, reciclado y valoración.
c)Promoción e implantación de Políticas Activas de Empleo en el ámbito local y territorial.
d) Realización de Programas Formativos dirigidos a distintos colectivos.
e)Dinamización y puesta en valor de los recursos naturales, culturales y patrimoniales.
f) Realización de actuaciones de conservación, mejora, restauración y uso público sostenible de los espacios naturales.
g)Participación en redes de entidades, tanto autonómicas como nacionales o internacionales, que persigan unos fines comunes.
h) La gestión de todo tipo de ayudas económicas destinadas a financiar la Mancomunidad y la prestación de sus servicios, así como la creación de la infraestructura necesaria, material y de personal, para garantizar el funcionamiento de la misma.
i) La creación de servicios de asistencia técnica en todas aquellas materias relacionadas con el objeto de la Mancomunidad y en particular con el Desarrollo Local Sostenible.